22 de octubre de 2013

Mi casa no debe ser la Clínica

La Comisión de Discapacidad de la Clínica Jurídica de Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP, presentó una demanda contra la Provincia de Buenos Aires, en trámite ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº3 de la ciudad de La Plata, patrocinando a Ibar Antonio García Jurado, quien representa los intereses de su hijo, un niño de 7 años con un cuadro de discapacidad severo que lo inhabilita para vivir sin asistencia médica permanente.


La demanda interpuesta reclama se concluya y se adecue a las necesidades del niño la casilla oportunamente asignada a esta familia en el año 2011 por el Ministerio de Desarrollo Social. En la espera de una repuesta por parte de dicho Ministerio primero y ahora de parte del Poder Judicial, esta familia vive separada hace varios años: el padre vive en una casilla dentro de la quinta hortícola en la que trabaja y su hijo en la ex Casa Cuna.

En el año 2011, a esta familia le fue asignada una vivienda prefabricada, que fue depositada en el terreno del señor García Jurado, pero de manera incompleta. Sólo se colocó la estructura de la casa, directamente sobre el barro (sin cimientos, suelo o baldosas), sin elementos de baño, de cocina, sin las instalaciones adecuadas para la provisión de energía, gas y agua, entre otras cosas. En esas condiciones, que se mantienen a la fecha pese a sucesivos planteos ante la autoridad competente, ninguna persona puede vivir, menos aún un niño con discapacidad que requiere oxígeno terapia de manera permanente para permanecer con vida. La casilla asignada no sólo no cuenta con un sistema de energía alternativo para el caso de un corte la luz, sino que ni siquiera posee las instalaciones necesarias para poder proveer de energía eléctrica.
Asimismo el niño se mueve, con ayuda de un acompañante, en silla de ruedas y las puertas de la casa poseen un ancho inferior al que deberían de modo que permitan pasar una silla de ruedas. Por lo que la casa no es accesible. En las condiciones actuales el niño no puede siquiera entrar a su propia casa.

Por esta y otras razones, y luego de varios reclamos administrativos presentados ante el Ministerio de Desarrollo Social sin respuesta concreta, se demanda no sólo la terminación de la casa de un modo que sea accesible sino también que sea adecuada a las necesidades de quien va a vivir allí. En este sentido, es también demandado IOMA como obra social del niño, en tanto encargada de cumplir con las prestaciones medico-asistenciales que este requiere y va a requerir dentro de su casa para mantener su calidad de vida.

La Comisión de Discapacidad de la Clínica Jurídica de Derechos Humanos como patrocinante del señor Ibar Antonio García Jurado, inició un proceso sumarísimo contra el Ministerio de Desarrollo Social, el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) y la provincia de Buenos Aires denunciando la violación de derechos fundamentales del niño, a la salud y a la vida, a la inclusión social, a una vivienda adecuada y a asegurar su vínculo con la familia (Art. 14bis y 75 inc. 22 y 23 de la CN; Art. 11 y 36 inc. 1, 2 ,5 ,7 y 8 de la CPBA; Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y Convención sobre los Derechos del Niño).
Desde hace tres años el niño es atendido en forma admirable por el Hospital Noel Sbarra y su papá (trabajador quintero) vive en una humilde morada. Por inacción de la administración provincial han permanecido separados. Ahora esperan una respuesta del Poder Judicial y una nueva vida juntos.

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