¿Qué
es una clínica jurídica?
Una
clínica jurídica es -desde la óptica que tomamos y practicamos-
un ámbito de trabajo destinado a desarrollar dos ejes: la
formación y perfeccionamiento en el ejercicio de la abogacía de
sus integrantes -en tanto espacio que posibilita la práctica
profesional acompañada por una fuerte presencia docente- y la
prestación de un servicio jurídico a la comunidad, promoviendo
el acceso a la Justicia de determinados sectores de la población.
Así es que las clínicas se desempeñan bifocalmente, tanto como
un método pedagógico novedoso (para la tradición pedagógica de
nuestras Facultades), como actores que promueven y acompañan los
procesos sociales tendientes a hacer realidad los derechos
proclamados en el orden jurídico vigente.
En
tanto fenómeno pedagógico, las clínicas resultan un
espacio en el que los estudiantes avanzados de derecho y los
recientemente graduados ejercen la abogacía en casos reales, de
relevancia pública, guiados permanentemente por docentes y bajo
una marcada impronta de trabajo grupal, fundamentalmente
deliberativo y horizontal. En ese derrotero ponen en práctica los
conocimientos que han adquirido en las clases y en las lecturas,
los reafirman, los exponen a la crítica, los dejan ser
interpelados por la realidad. Esto hace que, poco a poco, el
derecho y la abogacía cambie para cada una de las personas que
atraviesan por esa experiencia. Los conocimientos sólidos se
desvanecen, la dinámica social del derecho, conocida,
aprehendida, deja ver las grietas que las verdades dogmáticas
tienen hoy y siempre.
Como
servicio a la comunidad, las clínicas jurídicas acompañan
los procesos sociales tendientes a reivindicar los derechos
desdibujados para la vida diaria de las personas. Aportan el
conocimiento de sus integrantes sobre derecho, redefinido en el
camino, y lo distribuyen a las comunidades involucradas, con la
expresa intención de que ellas lo apropien y lo usen, cual
herramienta, en la persecución de la dignidad ahogada por los
poderes y la lógica sistémica de nuestras sociedades.
¿Por
qué “clínica”?
Los
motivos del uso del término “clínica” para designar al
ámbito de trabajo que describimos son básicamente históricos, y
se remontan a los primeros ensayos críticos de los métodos
pedagógicos reinantes en la enseñanza del derecho, que proponían
tomar para la última lo que siempre tuvo incorporado la enseñanza
de la medicina, las Clínicas gratuitas donde sus estudiantes
ponen en práctica con casos reales los conocimientos adquiridos
en las clases.
Más
información
Para
obtener más información sobre clínicas jurídicas sugerimos
leer los siguientes artículos, que han resultado fuente de muchas
de las manifestaciones aquí vertidas, junto con las reflexiones
que la experiencia clínica nos ha permitido:
– “La enseñanza del derecho en las clínicas legales de interés público. Materiales para una agenda temática”. Víctor
Abramovich.
|
Clínica Jurídica de Derechos Humanos
La
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad
Nacional de La Plata lanzó en el año 2008 un Programa de
Extensión, pergeñado y ubicado en la órbita de la
Secretaría de Extensión, llamado Clínicas Jurídicas,
destinado a introducir en nuestra enseñanza jurídica el método
clínico y, con su impronta, seguir llevando la Facultad a los
barrios, esta vez abordando casos de interés público, que
superen el interés de las partes y puedan resultar motores de
transformación del modo de ser del derecho y de las prácticas
sociales.
El
Programa se encuentra compuesto por varias Comisiones temáticas,
dando lugar a Clínicas específicas, integrada cada una de ellas
por un director y un
sub-director y un grupo de trabajo conformado por estudiantes
avanzados y graduados recientes.
Una
de ellas es la Clínica Jurídica de Derechos Humanos,
destinada a acompañar los procesos sociales de reivindicación de
los derechos humanos reconocidos por los Tratados Internacionales,
la Constitución Nacional y las leyes vigentes de la Nación. Este
espacio es dirigido por José
María Martocci y
sub-dirigido por Pedro
Luis Sisti,
y busca el cambio de las prácticas sociales y de los modos de ser
del derecho que
obstaculicen la vigencia real de los derechos proclamados.
|
Clínica Jurídica
Suscribirse a:
Entradas (Atom)